¿En que se diferenciarian la “nacionalidad juridica” de la “ciudadania”?
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Explicación:
En nuestro país rige al respecto la Ley de Ciudadanía N° 346. Según ella, son ciudadanos argentinos quienes nacieron en suelo argentino, aquellos que nacieron en país extranjero siendo hijos de argentinos nativos y optaron por la ciudadanía argentina, los nacidos en buques de guerra o alta mar bajo pabellón nacional.
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