caso práctico de un trabajador que tenga que acudir al tribunal constitucional (España)
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El Gobierno puede impugnar ante el Tribunal Constitucional dentro de los dos meses siguientes a su fecha de publicación o, en defecto de ella, desde que llegaren a su conocimiento, las disposiciones normativas sin fuerza de ley y resoluciones emanadas de cualquier órgano de las Comunidades Autónomas.
(solo dame un corazón)
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