Historia, pregunta formulada por alelisarai, hace 11 meses

UNA propuesta DE LEY SOBRE EL CUIDADO DEL AGUA

Respuestas a la pregunta

Contestado por jazminleylaamarchilo
66

Respuesta:

LEY 00001

LEY DEL CUIDADO DEL AGUA  

EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA

POR CUANTO

EL CONGRESO DE LA REPUBLICA

Ha dado la siguiente ley:

LEY DEL CUIDADO DEL AGUA

CAPITULO 1

DISPOCICIONES GENERALES

Artículo 1°.- Objeto de ley  

La presente ley tiene por objeto el cuidado del agua  

Artículo 2°.- Finalidad  

La presente ley tiene por finalidad promover el cuidado del agua y la actuación del estado y el sector privado en dicha promoción.

Artículo 3°.- Ámbito de alcance

La presente ley se aplicara a todo el ámbito nacional

Artículo 4°.- Ámbito de aplicación de ley

La presente ley se aplicara a toda agua continental y a los bienes asociados a ésta

CAPITULO 2

DEBERES DE LAS PERSONAS Y DEL ESTADO

Artículo 5°.- Deberes de las personas

Toda persona tiene el deber de cuidar y administrar adecuadamente el uso del agua, evitando acciones que no promueven su uso responsable.

Artículo 6°.- Deberes del estado

El estado, a través de los gobiernos regionales y locales, debe abastecer de agua a todas las personas sin discriminación alguna, con un especial cuidado y atención en las personas que se encuentran en zonas vulnerables.  

Artículo 7°.- Denuncia por incumplimiento

Las personas pueden denunciar infracciones o el no cumplimiento de la ley. El ministerio Público y la Policía Nacional del Perú deben atenderlas para garantizar el cumplimiento de la misma.


BobEsponja123456789: kgon
BobEsponja123456789: falta las propuestas
jazminleylaamarchilo: esten conformes con lo que e escrito, lo e echo con el fin de ayudar :-]
Piero1230: o si oe
Piero1230: mal afradecidos
Piero1230: agradecidos
bobhuaman12345: me parese bien
noeliaysabri01: Está muy bien grax
noeliaysabri01: Recién me di cuenta que te faltó el artículo 8
bibi0407: gracias
Contestado por aaavvasquez
20

Respuesta:

Explicación:

• Evalúa y define el titulo  

Ley N° 1456  TITULO DE LA LEY :  agua fuente de viva

• Aprovechemos los días de descanso para poner en práctica algunas recomendaciones para cuidar el agua en tu casa. También ponerlas en práctica cuando regreses a tu oficina o escuela. Recuerda que el agua es un recurso que todos debemos tener por muchos años. Aunemos  esfuerzos para bridar a todos este servicio esencial, usemos responsablemente el agua, elemento vital nuestra vida.

1. No demores en la regadera

2. Cierra la llave mientras te cepillas los dientes

3. Repara las fugas y filtraciones en llaves y tuberías

4. Lava los trastes en una bandeja con agua y no bajo la llave

5. Ajusta el nivel de agua en la lavadora

6. Lava el carro con cubeta y esponja, no con manguera

7. Riega el jardín por la mañana temprano o cerca de la noche

8. No juegues con el agua

A continuación, se detallarán algunas recomendaciones para el correcto manejo del agua y para reducir el impacto que en ella y en el ecosistema tienen las actividades humanas:

• Atender las fugas de agua en el sanitario. Una pérdida de agua de esta naturaleza significa el sacrificio en vano de 100 a 1.000 litros de agua diariamente.

• Cerrar los grifos que no se utilizan. Al bañarnos, lavarnos las manos, cepillarnos los dientes u otras actividades cotidianas, podemos cerrar el grifo y volverlo a abrir, en lugar de dejar el agua correr sin darle uso.

• Emplear agua reciclada para regar las plantas. En la medida de lo posible, no destine aguas limpias para el mantenimiento de las plantas, especialmente si se trata de céspedes o largas extensiones vegetales.

• Utilizar la lavadora con cargas completas. Aprovechemos al máximo la enorme cantidad de agua que estas máquinas emplean para lavar la ropa, al igual que los lavavajillas y otros aparatos semejantes.

• Consumir productos eco-friendly. Especialmente aquellos productos que terminen vertidos en el alcantarillado o en otras fuentes de agua, ya que así no añadimos contaminantes adicionales a las aguas servidas. Debemos evitar también verter aceites usados por el drenaje.

• Evitar actividades despilfarradoras. Como el riego de carreteras de tierra, el lavado de aceras con manguera, especialmente durante el día. Acudir lo menos posible a los autolavados.

• Emplear la energía eléctrica de manera responsable. Aunque no lo parezca, el despilfarro de electricidad también conduce al despilfarro de agua, ya que en su casi totalidad la energía se obtiene de fuentes vinculadas al agua.

• Educar en el consumo responsable. Enseñemos a nuestros hijos, amigos, vecinos y conocidos a respetar y conservar el agua. Exijamos a nuestros gobiernos locales y nacionales campañas para la concientización y el ahorro de agua, así como la instalación de plantas de tratamiento de aguas servidas y la vigilancia del uso que dan al agua las grandes empresas e industrias.

Artículo 1º: El objeto de la presente ley es establecer el acceso al agua potable en cantidad y calidad suficientes para usos personales y domésticos como un derecho humano fundamental. Toda persona tiene derecho a disponer de agua suficiente, salubre, aceptable, accesible y asequible para su uso personal y doméstico.

Artículo 2.- Objetivos Principales

Generar políticas de sistemas de protección de las fuentes naturales de agua, de reutilización de aguas residuales domésticas y de ahorro del agua, con la finalidad de generar beneficios económicos, crear una cultura de cuidado del agua en la población, reducir los impactos ,ambientales y ampliar el acceso de este vital recurso a más personas; para que el Sistema Nacional de Gestión de Recursos Hídricos en el marco de sus competencias, implemente las acciones correspondientes.

Artículo 3.- Definiciones

Para efectos de la Ley y el Reglamento, considérense como principales definiciones las siguientes:

1. Fuentes Naturales de Agua.- Sitio donde, sin influencia o intervención del hombre, existe un almacenamiento o curso de agua, entiéndase a los ríos, lagos, reservorios, charcas, manantiales, corrientes, océanos, nieve, hielo, mares, estuarios, humedales, bofedales y aguas subterráneas.

2. Agua Residual Doméstica.- Agua residual de origen residencial, comercial institucional que contienen desechos fisiológicos y otros provenientes de la actividad humana.  


bibi0407: gracias me sirvio de mucho
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