Si al ser controlado ppr el REPRIV el vigilador no exhibe su credencial habilitante es pasible de una multa la cual se procedera a notificar ala empresa para que haga efectivo el pago de la misma o precente un descargo en base alas provisiones de la ley 6441/97
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Respuesta: Si al ser controlado por el REPRIV, el vigilador no exhibe su credencial habilitante, es pasible de una multa, la cual se procederá a notificar a la empresa para que haga efectivo el pago de la misma o presente un descargo en base a las previsiones de la ley 6441/97..
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