Señala la fecha a partir de la cual se deben entregar comprobantes electrónicos por las siguientes actividades:
01/08/2014
01/10/2014
01/01/2015
No aplica
Venta de artesanías.
• Instituciones financieras.
• Servicios de turismo comunitario.
• Ventas por Internet.
• Cabinas telefónicas y venta de tarjeta para celulares.
• Actividades de exportación.
• Servicio de limpieza de la playa.
• Sector de telecomunicaciones.
Respuestas a la pregunta
Contestado por
2
Respuesta:
Los emisores de comprobantes electrónicos para enviar los documentos al SRI para su autorización, deben hacerse dentro de las 24 horas máximo, luego de haber emitido el comprobante electrónico, según lo establecido en la Resolución NAC-DGERCGC14-00790.
Explicación:
creo :(
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