Rendimientos del trabajo, actividades económicas, premios y ganancias patrimoniales e imputaciones de renta, con ejercicio de devengo anterior a 2021?
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No estarán obligados a presentar el IRPF aquellas personas que hayan obtenido exclusivamente rendimientos íntegros del trabajo, del capital o de actividades económicas y ganancias patrimoniales hasta un importe de 1.000 Euros o pérdidas patrimoniales menores a 500 Euros, en tributación individual o conjunta.
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