opinión del artículo 9 constitución de mexico
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Artículo 9o.- No se podrá coartar el derecho de asociarse o reunirse pacíficamente con cualquier objeto lícito; pero solamente los ciudadanos de la República podrán hacerlo para tomar parte en los asuntos políticos del país.
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ESPERO TE SIRVA ;)
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que es un articulo que protege dos derechos: el derecho de reunión y el de asociación.
Explicación:
Este artículo protege dos derechos: el derecho de reunión y el de asociación. Constituyen dos derechos fundamentales en todo régimen democrático, al garantizar la participación de la ciudadanía en la formación del gobierno y el control de su actuación.
melanyllize123:
espero que te sirva
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