OPCIÓN A
Responda al tema Proceso de desamortización y cambios agrarios, y analice y justifique la relación
con el mismo de los siguientes documentos:
DOCUMENTO 2
Prueba de Selectividad, Andalucia, Reserva A, Junio 2012-2013, HISTORIA DE ESPAÑA
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2
Este documento consiste en una gráfica de barras en la que se representan todos los bienes civiles y eclesiásticos que fueron desamortizados por la iniciativa de los líderes liberalistas Juan Álvarez Mendizábal y Pascual Madoz, cuando ocuparon el ministerio de Hacienda en los 1836 y 1855, respectivamente. Es una fuente de temática económica de carácter secundario, al desconocerse su procedencia. En la misma se observan 4 etapas distintas:
1836-1844: esta etapa corresponde a la aprobación de la Ley de Desamortización de Juan Mendizábal, en 1836, y los años posteriores en los que estuvo en vigor. Durante esa fase inicial, la expropiación de los terrenos en posesión de la Iglesia Católica tuvo tasas muy altas, alcanzando el valor de 3400 millones de Reales de la época. De manera totalmente contraria, el total de los bienes civiles expropiados no superó los 100 millones de reales. Esto demuestro el especial interés de Mendizábal por desvincular especialmente las propiedades de la iglesia, destruyéndola como un poder en la época.
1845-1854: este segundo periodo supone una interrupción abrupta del proceso previo, puesto que la cantidad de fincas eclesiásticas desamortizadas apenas se transforma en 200 millones de reales, mientras las propiedades civiles supusieron la insignificante cifra de 50 millones. Esta caída en picada de los recurso obtenidos por la venta de terrenos suele adjudicarse al cambio de gobierno, luego de que Baldomero Esparteto fuera reemplazado por un representante del partido moderado, quienes decidieron detener la expropiación de tierras, puesto que defendían el poderío de la iglesia en el país.
1855-1856: se corresponde con un nuevo cambio de gobierno, en este caso, es el partido progresista el que sube al poder tras la revolución de 1854, llamada Vicalvarada. Así, en 1855, el ministro de Hacienda, Pascual Madoz publicó la Ley General de Desamortización que condujo al aumento sustancial de las expropiaciones civiles. Razón por la cual, en este periodo, serán las propiedades civiles las que superen el valor de las eclesiásticas.
1856-1867: este ultimo periodo coincide con el gobierno moderado, durante el cual ocurre la verdadera y fuerte aplicación de la Ley de Madoz por lo que se multiplican enormemente los bienes expropiados.
1836-1844: esta etapa corresponde a la aprobación de la Ley de Desamortización de Juan Mendizábal, en 1836, y los años posteriores en los que estuvo en vigor. Durante esa fase inicial, la expropiación de los terrenos en posesión de la Iglesia Católica tuvo tasas muy altas, alcanzando el valor de 3400 millones de Reales de la época. De manera totalmente contraria, el total de los bienes civiles expropiados no superó los 100 millones de reales. Esto demuestro el especial interés de Mendizábal por desvincular especialmente las propiedades de la iglesia, destruyéndola como un poder en la época.
1845-1854: este segundo periodo supone una interrupción abrupta del proceso previo, puesto que la cantidad de fincas eclesiásticas desamortizadas apenas se transforma en 200 millones de reales, mientras las propiedades civiles supusieron la insignificante cifra de 50 millones. Esta caída en picada de los recurso obtenidos por la venta de terrenos suele adjudicarse al cambio de gobierno, luego de que Baldomero Esparteto fuera reemplazado por un representante del partido moderado, quienes decidieron detener la expropiación de tierras, puesto que defendían el poderío de la iglesia en el país.
1855-1856: se corresponde con un nuevo cambio de gobierno, en este caso, es el partido progresista el que sube al poder tras la revolución de 1854, llamada Vicalvarada. Así, en 1855, el ministro de Hacienda, Pascual Madoz publicó la Ley General de Desamortización que condujo al aumento sustancial de las expropiaciones civiles. Razón por la cual, en este periodo, serán las propiedades civiles las que superen el valor de las eclesiásticas.
1856-1867: este ultimo periodo coincide con el gobierno moderado, durante el cual ocurre la verdadera y fuerte aplicación de la Ley de Madoz por lo que se multiplican enormemente los bienes expropiados.
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