Necesito saber ¿cuales son los problemas de soberanía relacionados con las Islas Malvinas?
Respuestas a la pregunta
Desde hace cuarenta y siete años, la Asamblea General de las Naciones Unidas, reconoció expresamente que el tema de las Islas Malvinas, es un clásico asunto de soberanía y no un típico caso de descolonización. Congruente con tal posición, el Comité de Descolonización del alto organismo internacional desde hace tres décadas emite resoluciones favorables en tal sentido.
En tanto, como en una etapa cuasi olvidada, repercute en la memoria histórica la admisión explícita formulada por el Reino Unido respecto a su deber de devolver las Islas – el ejercicio de la soberanía – a la Argentina, en un plazo no mayor a 10 años. (Acuerdo Mc. Loughlin – M. Stewart, Buenos Aires, 1968 comunicado al Secretario General de la ONU).
No obstante, la existencia de tales antecedentes, el Reino Unido soslayando su antiguo reconocimiento de la irrebatible soberanía inherente a la Argentina sobre las Islas, actualmente mantiene la soberbia posición de no negociar, pese a que por quince años de 1966 a 1981, ambas naciones mantuvieron negociaciones bilaterales concretas sobre el tema.
A decir de la inamovible posición del Reino Unido, no se vislumbra posibilidad de negociación con Argentina. Y si en algún momento se dieran, estas tendrían como punto de partida la renuncia argentina a su soberanía, algo que no sucederá. Hay que recordar que el gobierno de Carlos Menem, nada obtuvo con su llamada fórmula de “soberanía compartida” y es bien sabido cómo le fue al gobierno español cuando libró un ejercicio similar con Gibraltar en el año 2003.
En Malvinas las opciones se agotan. Se han intentado sin éxito todos los medios no judiciales de solución pacífica de controversias, y hasta lamentablemente la vía de la fuerza.
Por su parte, Reino Unido no ha desestimado recurso alguno para ver coronados sus arcaicos criterios imperiales, como lo es el caso del referéndum de marzo del corriente año, orientado a obtener la opinión favorable de los pobladores de las Islas sobre sus deseos de pertenencia cultural, acción cuyos resultados no guardan trascendencia jurídica alguna.
Así las cosas, la Corte Internacional de Justicia de La Haya aparece como la única alternativa capaz de introducir una nueva dinámica en el conflicto. Su jurisprudencia reciente en materia de disputas territoriales muestra esencialmente dos aspectos de singular relevancia para Malvinas.
Uno de los casos territoriales resueltos por la Corte de La Haya fue el de la totalidad de la frontera entre Camerún y Nigeria. La Corte no consideró la presencia de nigerianos en los territorios disputados, ni el control de estos por parte de Nigeria, como argumentos para zanjar la disputa, pese a que se trataba de alrededor de doscientos mil habitantes, no de dos mil como en Malvinas.
Los habitantes de la península de Bakassi inclusive se dirigieron sin éxito a las Naciones Unidas, para que un referéndum de libre determinación decidiere la suerte de la península. La Corte se limitó a tomar nota de la declaración de Camerún en el sentido de proteger los intereses de los nigerianos que habitan la región del lago Chad y la de la península de Bakassi.
Así pues, a la posición favorable a la Argentina en materia de libre determinación en la Asamblea General y en el Comité de Descolonización de las Naciones Unidas, el reconocimiento del Reino Unido de su deber de restituirle el ejercicio de la soberanía sobre las Islas, en un plazo no mayor a 10 años, (supuesto a entrar en vigor desde 1978 partiendo de la fecha de tal reconocimiento), se suma ahora la jurisprudencia de la Corte Internacional de Justicia.
El tiempo no juega a favor de la Argentina, pues son los británicos quienes están en posesión del territorio. Por ello, urge, plantear el recurso jurisdiccional como la alternativa más concreta, positiva y diferente de lo ya realizado, si desea realmente zanjar el conflicto y reivindicar de una buena vez su derecho soberano sobre las célebres Islas.
En definitiva, la cuestión Malvinas, es ya una causa que se recuesta para su vindicación en el inmarcesible respaldo de los pueblos de América Latina y resto de pueblos del mundo que hoy por hoy reconocen la legitimidad y sumo imperio de la soberanía territorial sobre las Islas Malvinas, Georgias del Sur, Sandwich del Sur y territorios marítimos e insulares correspondientes, devenida del mandato constitucional estatuido en la Supranorma Argentina vigente.