Administración, pregunta formulada por veronicavalle5610, hace 16 horas

Manual de procedimientos y lineamientos técnicos de valuación inmobiliaria 2005.

Respuestas a la pregunta

Contestado por joelguerrazevallos11
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Respuesta:

autorización de personas morales y el registro de personas físicas para la práctica de avalúos para efectos fiscales; establecer las normas y lineamientos para la práctica de avalúos, su forma, contenido y revisión, así como definir el procedimiento para la aplicación de sanciones.

 

ARTÍCULO 2.- Para efectos de este Manual, se entenderá por:

 

I.                Código: el Código Financiero del Distrito Federal;

 

II.               Autoridades Fiscales: la Secretaría de Finanzas del Distrito Federal, la Tesorería del Distrito Federal y la Subtesorería de Catastro y Padrón Territorial;

 

III.               Secretaría: la Secretaría de Finanzas del Distrito Federal;

 

IV.             Tesorería: la Tesorería del Distrito Federal;

 

V.              Subtesorería: la Subtesorería de Catastro y Padrón Territorial;

 

VI.            Avalúo: el dictamen técnico practicado por persona autorizada o registrada ante la autoridad fiscal, que permite determinar el valor de mercado de un bien inmueble, con base en su uso, características físicas y urbanas de la zona en que se ubica, así como en la investigación, análisis y ponderación del mercado inmobiliario, y que plasmado en un documento que reúna los requisitos de forma y contenido establecidos en el presente Manual, sirve como base para determinar alguna de las contribuciones establecidas en el Código; cuando la contribución que se determine con base en dicho avalúo sea el Impuesto sobre Adquisición de Inmuebles, el anexo a la declaración forma parte integrante del avalúo;

 

VII.           Personas autorizadas: aquellas personas morales constituidas como instituciones de crédito, sociedades civiles o mercantiles, con autorización vigente ante la Tesorería para practicar avalúos inmobiliarios determinados en el Código, con auxilio de perito valuador;

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