Derecho , pregunta formulada por alegreanahi15, hace 15 días

- LUEGO DE TENER EL BEBÉ Y HABER TERMINADO LA LICENCIA POR MATERNIDAD LA MUJER TIENE 3 OPCIONES (ART 182) ¿CUÁLES SON? EXPLIQUE CADA UNA ​

Respuestas a la pregunta

Contestado por lenin2021
1

Respuesta:

Ley de qué país es? dime y te paso la respuesta en los comentarios.


alegreanahi15: Argentina
lenin2021: genial. espera que ya regreso en unos minutos
lenin2021: Estas son las 3 alternativas:
lenin2021: 1) Regreso al trabajo: Retoma su cargo habitual.
lenin2021: 2) Compensación por cese: En el caso de la madre que debe cuidar a su hijo menor enfermo, puede solicitar concluir su relación laboral y, en tal caso, percibe una compensación monetaria por el tiempo de servicio  que es igual al 25% de su sueldo por año trabajado.
lenin2021: Excedencia: Es una suspensión de la relación laboral, sin  goce de sueldo pero con la preservación de la fuente de trabajo.
lenin2021: Para hacer uso de este beneficio, la mujer debe notificar a su empleador 48 horas antes de que finalice la licencia por maternidad. Si no lo hace y no regresa al trabajo, se entiende que optó por la compensación por cese de la relación laboral (prevista en el artículo 183 de la Ley de Contrato de Trabajo). El plazo de excedencia puede ser de tres a seis meses. Es de aplicación para el caso de parto o para cuando la madre debe cuidar a hijo menor de edad enfermo a su cargo.
lenin2021: los dos últimos son la tercera alternativa. empieza desde 3) Excedencia:
Otras preguntas