Derecho , pregunta formulada por guzmanvasquezjordand, hace 2 meses

Los Organismos Constitucionales
Autónomos y sus principales funciones.

Respuestas a la pregunta

Contestado por atenasfhm
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Respuesta: Los órganos constitucionales autónomos son unos entes establecidos expresamente en la Constitución, con un mandato supremo, caracterizado por una

competencia específica y un conjunto de facultades en grado supremo, que

deben ejercer en condiciones de total independencia en un marco de garantías

institucionales vinculadas con la proyección y el manejo independiente de su

presupuesto, personalidad jurídica, patrimonio propio y libertad absoluta para

la toma de sus decisiones en el campo técnico que la Constitución les otorga.

Para que un ente u órgano sea considerado autónomo no es suficiente

que su autonomía sea sólo presupuestaria, sino que es necesario cubrir otros

elementos como lo veremos a continuación, abordando algunas de las características que deben tener los órganos autónomos:

1) Persiguen un fin constitucional.

2) Autonomía de tipo político-jurídica en el sentido de que los órganos

constitucionales autónomos gozan de cierta capacidad normativa que les permite crear normas jurídicas sin la participación de otro

órgano estatal.

3) Autonomía administrativa que significa que tienen cierta libertad

para organizarse internamente y administrarse por sí mismos sin depender de la administración general del Estado.

Explicación:

Espero te sirva

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