La regionalización del Perú de la Constitución de 1979 a la de 1993. Resumen
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Explicación:
En resumen, las regiones en la Constitución
Peruana de 1979 fueron entidades territoriales de
redistribución espacial que jurídicamente carecieron
de un auténtico poder legislativo en las competencias a
las que hizo referencia el artículo 261. Las regiones
organizadas por la Constitución de 1979 no pasaron al
nivel político sino que fueron configuradas como enti-
dades descentralizadas de nivel administrativo stricto
sensu. En consecuencia, no cabe hablar de autonomía
política sin potestad legislativa propia
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