la historia de salango
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Respuesta:
La Comunidad Salango del cantón Puerto López, provincia de Manabí, propietaria de un territorio colectivo de 2.536 Has; conformado por el sitio Salango y su recinto Río Chico.
Las comunidades asentadas en la franja costera sur ecuatoriana entre ellas Salango son indígenas descendientes del Pueblo Manta Huancavilca, con 5.000 años de historia y cultura, cuyos primeros asentamientos poblacionales pertenecieron a la cultura Valdivia, seguida por la Machalilla, Chorrera-Engoroy, Bahía, Guangala y culmino con el Periodo de Integración Regional denominado Manteña (800-1530 DC).
En 1526 se dio el primer contacto entre españoles e indios navegantes de Salango. En esa época existía el poderoso cacicazgo del Señorío de Salangome que fue el núcleo de una “liga de mercaderes” que dominaba la navegación marítima dedicada al comercio de una gran cantidad de productos del mar como la concha “spondylus”.
Durante la época colonial se nos impuso una religión desconocida para nuestros indígenas. Mediante un sínodo de 1535 se abolió el lenguaje original de las comunidades costeras del Ecuador y se les impuso el lenguaje español, razón por la que actualmente solo existen vestigios y vocablos de nuestra lengua originaria como colonche, bejuco, Tuzco, Sercapez, Valdivia, Salango.
Debido a las bondades naturales que poseen, estas comunidades han sido apetecidas por intereses externos, que constantemente han afectado sus territorios, recursos naturales y patrimonio cultural e histórico.
En 1937 el Estado ecuatoriano promulgó la Ley de Organización y Régimen de Comunas, valida para esa época, que tenía como propósito proteger y garantizar la existencia y funcionamiento de las comunidades campesinas y someter administrativamente a la protección y tutela del Ministerio de Agricultura y Ganadería: “Todo centro poblado que no tenga la categoría de parroquia y que fuere conocido como caserío, anejo, barrio, comunidad, llevará el nombre de comuna”. Es decir para esta Ley todas son comunidades campesinas, no reconoció ni reconoce la diversidad cultural e histórica de los pueblos y comunidades ancestrales. Las posteriores reformas no han variado en su esencia, consecuentemente, en la actualidad la mayoría de sus disposiciones han caído en contradicción con la norma constitucional y las normas internacionales que amparan a las comunidades indígenas.
La comuna Salango, consiente de su realidad histórica y de sus raíces ancestrales, en ejercicio de los Derechos Colectivos Consagrados en los artículos 83, 84 y 191 de la Constitución Política Vigente y en las disposiciones del Convenio 169 de la Organización Internacional del Trabajo OIT, de manera libre y autónoma, tomó la decisión de separarse del régimen de la Ley de Comunas y de su Estatuto Jurídico; consecuentemente registrar el estatuto de la Comunidad Salango mediante Acuerdo No. 016 del 19 de abril de 2004 en el Consejo de Desarrollo de las Nacionalidades y Pueblos del Ecuador CODENPE, organismo adscrito a la Presidencia de la República, facultado en el Decreto Ejecutivo No. 386 R.O. 86 del 11 de diciembre de 1998 para este fin y responsable de definir políticas para la reconstitución, fortalecimiento y desarrollo integral de los pueblos y comunidades indígenas del país.
Para el manejo de su territorio, recursos naturales, biodiversidad, patrimonio cultural, y organización, a partir del 2004, elaboró el Plan Integral de Desarrollo de la Comunidad Salango “PIDCOSA”, que sirvió de base para el Plan de Desarrollo Parroquial y los proyectos “Ecoturismo y Desarrollo Artesanal Comunitario” y “Producción de Servicios Ambientales” que se ejecutarón y que se encuentran en funcionamiento.
En el año 2001 a través de la Asociación Ecológica Salangome se implementó y declaró como “Parcela Marina” un área de mar en la parte norte de la isla Salango, con el propósito de desarrollar un sitio de reserva y conservación de especies del fondo marino, destinada a ser un sitio de estudios y un atractivo turístico de Salango.
Como parte del PIDCOSA, a partir del año 2005 se elaboró el proyecto “Manejo Comunitario del Centro de Investigaciones y Museo Salango CIMS”, mediante el cual la comunidad asumió la administración oficial del CIMS, una vez que el Instituto Nacional de Patrimonio Cultural declaro como colección perteneciente al patrimonio cultural del estado los 245 bienes arqueológicos que finalmente fueron entregados en custodia a la Comuna Salango.
El 14 de junio de 2006 la Ministra de Turismo del Ecuador María Isabel Crespo, expidió el Reglamento para el Registro de Centros Turísticos Comunitarios, mediante el cual las comunidades ancestrales legalmente organizadas y capacitadas pueden desarrollar actividades de Turismo Comunitario.
Explicación:
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