Holass alguien me ayuda?? estoy hablando de México jeje... grax:)
Adjuntos:
Bautista3127:
ARTICULO 83. -El Presidente entrará a ejercer su encargo, el primero de diciembre; durará en él seis años y nunca podrá ser reelecto para el período inmediato.
Respuestas a la pregunta
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Respuesta:
4 años
pagina 84 de la constitución mexicana de 1824
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