explicar las siguientes características de los derechos humanos : innatos,universales,inmutables,inalienables,inviolables,indivisibles y los derechos son obligatorios
Respuestas a la pregunta
Explicación:
Los derechos humanos son universales, es decir permiten que todo ser humano sin excepción alguna tenga acceso a ellos.
Los derechos humanos son normas jurídicas imperativas, es decir que deben ser protegidas y respetadas por todos los Estados. La comunidad internacional puede exigir su cumplimiento dado que son derechos consustanciales al individuo. Los derechos humanos no se pueden violar, atentar contra ellos supone violentar la dignidad humana.
Los derechos humanos son indivisibles. Esto implica que cada derecho está vinculado al resto de tal modo que negarse a reconocer uno o privar de él, pone en peligro el mantenimiento del resto de derechos humanos que a la humanidad le corresponde.
Son irrenunciables e inalienables, dado que ningún ser humano puede renunciar a ellos ni transferirlos.
Estas distintas características son muchas veces discutidas, comenzando por la universalidad, bajo el argumento que los derechos humanos se deben interpretar dentro de las distintas culturas, de forma que estas podrían matizar o alterar los principios contenidos en la Declaración Universal. Por lo tanto, los derechos humanos no serían siempre los mismos, variarían en función de los ‘contextos culturales’.
Es la postura conocida como “relativismo cultural”. El ejemplo más nítido y actual es el de los países islámicos, que defienden la necesidad que los derechos humanos no entren en discordancia con la Ley Islámica.
Un ejemplo clásico es cómo a los ‘occidentales’, nos resultan especialmente chocantes las normas jurídicas y morales, discriminatorias contra la mujer, la homosexualidad o el tratamiento de la pena de muerte existentes en sectores integristas del islam.
Lo cierto es que las idiosincrasias culturales se pueden usar para mantener sistemas opresivos por parte de los respectivos gobiernos o de las jerarquías religiosas dominantes, que no siempre son compartidos por las respectivas poblaciones, especialmente cuando éstas han tenido acceso a la información y a la educación.
Éste es justamente uno de los motivos por el que las Naciones Unidas defienden la universalidad del derecho a la educación y a la información, en la misma medida que algunos gobiernos defensores del relativismo cultural, de forma sospechosa, lo restringen.
También es común que se presenten objeciones al principio de indivisibilidad de los derechos humanos, argumentando que algunos derechos son prioritarios por sobre otros.
Cuando se preparaba el texto de la Declaración Universal, bajo la realidad de la “guerra fría”, estas discrepancias se pusieron de manifiesto en la prioridad que asignaban las democracias occidentales a los derechos civiles y políticos, y la presión de los países socialistas para que se reconocieran e incluyeran los derechos económicos y sociales.
En la actualidad estas discrepancias no están del todo superadas, es lo que podemos llamar “relativismo ideológico”.
Es un hecho que bajo la actual realidad de la globalización neoliberal, las fuerzas hegemónicas, han tratado de negar siempre y sistemáticamente el carácter de DDHH que tienen los derechos económicos, sociales y culturales, denominados de segunda generación y a los derechos de tercera generación, como es el derecho a la paz