Derecho , pregunta formulada por alvezcandela601, hace 10 meses

explicar el artículo 16 de la Constitución nacional​

Respuestas a la pregunta

Contestado por serkey35
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Respuesta:

nadie puede perturbar la tranquilidad que tienes sea a tu persona, familia, casa etc relacionadas a ti. La única forma por la que sí pueden molestarte (llamar tu atencion) es si tienen un buen motivo como por ejemplo: evacion de impuestos, un delito etc  

Explicación:

Artículo 16.- Nadie puede ser molestado en su persona, familia, domicilio, papeles o posesiones, sino en virtud de mandamiento escrito de la autoridad competente, que funde y motive la causa legal del procedimiento.

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