Explicación y ejemplo del artículo 63 de la constitución política colombiana, por favor.
Respuestas a la pregunta
Contestado por
0
Respuesta:El artículo 63 dispone: "Los bienes de uso público, los parques naturales, las tierras comunales de grupos étnicos, las tierras de resguardo, el patrimonio arqueológico de la Nación y los demás bienes que determine la ley, son inalienables, imprescriptibles e inembargables".
Explicación: Espero ayudarte
Otras preguntas
Historia,
hace 15 horas
Castellano,
hace 15 horas
Historia,
hace 18 horas
Química,
hace 18 horas
Matemáticas,
hace 7 meses
Biología,
hace 7 meses