Derecho a la libertad de opinión expresión reunión asociación y de religión.
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El artículo 20 de la Declaración Universal de Derechos Humanos, junto con el artículo 19 sobre la libertad de expresión, garantizan en conjunto el derecho a reunirse de manera pública o privada para expresar, promover, perseguir y defender intereses comunes.
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