Ciencias Sociales, pregunta formulada por dayanablandongomez, hace 11 meses

definición de comparendo ayudaaaaaaaaaaaaaaaaaaaaaaaaaaaaaaa


diegotoledoosorio: (Procedimiento Civil) Acto de procedimiento dirigido por el demandante al demandado por intermedio de un ujier de justicia, para invitarlo a comparecer ante una jurisdicción de orden judicial y que equivale, ante el tribunal de última instancia, al debate para el demandante. V. Citación judicial.
rcarlosmario149: Entender, alcanzar, ser capaz de conocer una cosa: no comprendo lo que me dices. Encontrar justificados o razonables los actos o sentimientos de otro: comprendo tu protesta.
rcarlosmario149: :))

Respuestas a la pregunta

Contestado por thebabypro
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Respuesta:

El artículo 2 del Código Nacional de Tránsito establece las siguientes definiciones: comparendo es una orden formal de notificación para que el presunto contra ventor o implicado se presente ante la autoridad de tránsito por la comisión de una infracción. Infracción: transgresión o violación de una norma de tránsito.

Explicación:

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