Contabilidad, pregunta formulada por gabrielgg777veg, hace 7 meses

de que se trata el articulo 218 del codigo de comercio?

Respuestas a la pregunta

Contestado por duartenaila53
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Respuesta:

Por ausentarse un socio que estuviere obligado a prestar oficios personales en la Sociedad, si, habiendo sido requerido para regresar y cumplir con sus deberes, no lo verificare o no acreditare una causa justa que temporalmente se lo impida

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