Derecho , pregunta formulada por Usuario anónimo, hace 11 meses

¿De que habla el articulo 181 de la constitución?

Respuestas a la pregunta

Contestado por oscarphone431
1

disculpa la constitucion de que pais?


oscarphone431: ok
oscarphone431: creo que trata de la inscripcion de un congreso
oscarphone431: si un congresista renuncia a su cargo tendrá que mantenerse en el congreso por la determinada duración del cambio de dicho puesto en el que este este
oscarphone431: todo bien bro me gusta ayudar
Contestado por ayudemen176
2

Art. 181.- Serán funciones del Consejo de la Judicatura, además de las

que determine la ley:

1. Definir y ejecutar las políticas para el mejoramiento y modernización

del sistema judicial.

2. Conocer y aprobar la proforma presupuestarla de la Función Judicial,

con excepción de los órganos autónomos.

3. Dirigir los procesos de selección de jueces y demás servidores de la

Función Judicial, así como su evaluación, ascensos y sanción. Todos

los procesos serán públicos y las decisiones motivadas.

4. Administrar la carrera y la profesionalización judicial, y organizar y

gestionar escuelas de formación y capacitación judicial.

5. Velar por la transparencia y eficiencia de la Función Judicial.

Las decisiones del Consejo de la Judicatura se tomarán con el voto

conforme de cinco de sus vocales, salvo las suspensiones y destituciones

que requerirán el voto favorable de siete de sus integrantes.

ecuador la contitucion

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