Historia, pregunta formulada por santiago05gabriel, hace 16 horas

dad de las mujeres debe ser un componente central en cualquier los problemas sociales, económicos y políticos. Kofi Annan, exsec qué la igualdad de las mujeres puede resolver problemas de nuest rendizaje esperado: Reconoce la igualdad sustantiva entre hombres y mujeres e la garanticen.ayuda porfa votos ​

Respuestas a la pregunta

Contestado por brenomendez24
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Respuesta:

Artículo 1.- La presente Leyes de orden público, de interés social y de observancia general en el Distrito Federal y tiene por objeto regular, proteger y garantizar el cumplimiento de las obligaciones en materia de igualdad sustantiva entre el hombre y la mujer, mediante la eliminación de todas las formas de discriminación contra la mujer en los ámbitos público y privado; así como el establecimiento de acciones afirmativas a favor de las mujeres y de mecanismos institucionales que establezcan criterios y orienten a las autoridades competentes del Distrito Federalen el cumplimiento de esta ley.

Artículo 2.- Para efectos de esta ley, serán principios rectores la igualdad sustantiva, la equidad de género, la no discriminación y todos aquellos aplicables contenidos en la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, los instrumentos internacionales de los que México sea parte, la legislación federal y del Distrito Federal.

Artículo 3.- Son sujetos de los derechos que establece esta ley todos aquellos que se encuentren en el territorio del Distrito Federal, que estén en una situación o con algún tipo de desventaja, ante la violación del principio de igualdad que esta ley tutela.

Artículo 4.- En lo no previsto en esta Ley, se aplicarán en forma supletoria y en lo conducente, las disposiciones de la Ley para Prevenir y Eliminar la Discriminación, la Ley del Instituto de las Mujeres del Distrito Federal, la Ley de la Comisión de Derechos Humanos del Distrito Federal, así como los instrumentos internacionales ratificados por el Estado mexicano y los demás ordenamiento s aplicables en la materia. En la interpretación para la aplicación de las disposiciones de este ordenamiento, las autoridades facultadas y obligadas para los efectos, deberán utilizar con prelación de importancia, los criterios y derechos que beneficien en mayor medida a las personas en situación o frente a algún tipo de desigualdad.

Artículo 5.- Para los efectos de esta Ley se entenderá por:I. Acciones afirmativas: Son las medidas especiales de carácter temporal, correctivo, compensatorio y/o de promoción, encaminadas a acelerar la igualdad sustantiva entre mujeres y hombres, aplicables en tanto subsista la desigualdad de trato y oportunidades de las mujeres respecto a los hombres;

II. Ente Público: Las autoridades locales de Gobierno del Distrito Federal; los ó organos que conforman la Administración Pública; los órganos autónomos por ley,y aquellos que la legislación local reconozca como de interés público y ejerzangasto público; y los entes equivalentes a personas jurídicas de derecho público,que en ejercicio de sus actividades actúen en auxilio de los órganos antes citados o ejerzan gasto público;

III. Equidad de género: Concepto que se refiere al principio conforme al cual mujeres y hombres acceden con justicia e igualdad al uso, control y beneficio de los bienes, servicios, recursos y oportunidades de la sociedad, así como a la toma de decisiones en todos los ámbitos de la vida social, económica, política cultural y familiar;

IV. Igualdad sustantiva: es el acceso al mismo trato y oportunidades, para el reconocimiento, goce o ejercicio de los derechos humanos y las libertades

fundamentalesV. Perspectiva de Género: concepto que se refiere a la metodología y los mecanismos que permiten identificar, cuestionar y valorar la discriminación, la desigualdad y la exclusión de las mujeres, que se pretende justificar con base en las diferencias biológicas entre mujeres y hombres, así como las acciones que deben emprenderse para crear las condiciones de cambio que permitan avanzar en la construcción de la equidad de género;

Explicación:

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