cuáles son los principios de legalidad de personas de existencia visible?
Respuestas a la pregunta
Respuesta:
Introducción
La idea de los principios no es nueva en el Comité Jurídico Interamericano. El 2 de
junio de 1942, el Presidente del Comité Jurídico, Dr. Mello Franco, remitió al Director
General de la Unión Panamericana un documento relativo a la “Reafirmación de los
principios fundamentales de Derecho Internacional”, que posiblemente influenciaría la propia
redacción del artículo 3 de la Carta de Bogotá de 19481
.
En esta línea, quisiera destacar los aportes posteriores de la Declaración de Panamá
sobre la Contribución Interamericana al Desarrollo y Codificación del Derecho Internacional,
contenida en documento AG/DEC.12 (XXVI-O/96) y más recientemente el documento
aprobado por el Comité Jurídico Interamericano titulado: “Proyecto de Declaración sobre el
Centenario del Comité Jurídico Interamericano: Principios Generales de Derecho
reconocidos por el Sistema Interamericano (CJI/doc.195/05).2
II. PUNTOS DE PARTIDA
Debemos partir de la constatación en el sentido que la Organización se funda en
principios. Los principios son la base para el mantenimiento de la paz y la seguridad
interamericanas y para el desarrollo de los propósitos de la Carta de la OEA. Es decir, son
esenciales no sólo para preservar los primordiales fines de la paz y la seguridad, sino para
el cumplimiento de todos los objetivos de la Carta, incluyendo aquellos de naturaleza
económica, cultural y social.
Los principios tienen, en consecuencia, un carácter básico. Son principios
fundacionales que se constituyen en los pilares, sin los cuales no podría edificarse la
sociedad interamericana.
1. Su interrelación