¿Cual es el Artículo 190 de la constitución?
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Respuesta:
Artículo 190. - Las regiones se crean sobre la base de áreas contiguas integradas históricas, culturales, administrativa y económicamente, conformando unidades neoeconómicas sostenibles. El proceso de regionalización se inicia eligiendo gobiernos en los actuales departamentos y la Provincia Constitucional del Callao.
Explicación:
coronita porfa
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