¿cual es el articulo 140 del nuevo codigo de policia?
Usuario anónimo:
Artículo 140. Comportamientos contrarios al cuidado e integridad del espacio público. Los siguientes comportamientos son contrarios al cuidado e integridad del espacio público y por lo tanto no deben efectuarse: ... Ocupar el espacio público en violación de las normas vigentes.
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El artículo 140 del Código de Policía sanciona el "promover o facilitar" la ocupación del espacio público.
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