Derecho , pregunta formulada por nikibatman3, hace 11 meses

conclusiones del art. 110 del codigo civil​

Respuestas a la pregunta

Contestado por yeinercastellar
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Respuesta:

Artículo 110. Concepto. Los esponsales o desposorios, o sea la promesa de matrimonio mutuamente aceptada, es un hecho privado que las leyes someten enteramente al honor y ciencia del individuo, y que no produce obligación alguna ante la ley civil.

Explicación:

este es el código civil son respuestas por país deberá preguntar el país para así resolver mejor su tarea


nikibatman3: Soy de Ecuador
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