Como se vinculan la ley general de acceso de las mujeres a una vida libre de violencia y la ley general para la igualdad entre mujeres y hombres con la sexualidad y la decisión de aplazar el inicio de las relaciones sexuales
Respuestas a la pregunta
Respuesta:
Explicación:
1. Falta de conocimiento respecto del marco teórico del cual se
desprenden los conceptos relacionados con los tipos y modalidades
de la violencia, así como del marco jurídico vigente que
comprende el reconocimiento de estos tipos y modalidades, los
derechos de las mujeres en calidad de víctimas de violencia y las
obligaciones del Estado relativas al respeto y garantía (prevención,
investigación, sanción, erradicación y reparación del daño) del
derecho de las mujeres a una vida libre de violencia.
2. Falta de homogeneidad en el marco teórico conceptual utilizado
por las dependencias, entidades y órganos político administrativos
responsables de prevenir la violencia contra las mujeres, brindar a
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las mujeres víctimas de violencia los servicios que su condición les
demanda y garantizarles el acceso a la justicia. De ahí que la
recopilación de datos, clasificación y sistematización de la
información sea disímil y, por tanto, no se cuente con los datos para
elaborar un diagnóstico que dé cuenta de la magnitud de esta
problemática, ni se esté en posibilidad de realizar estudios de
comparativos.
3. No se ha identificado, agrupado, sistematizado y analizado la
información con que cuentan las dependencias, entidades y
órganos político administrativos del Distrito Federal respecto a los
tipos (psicoemocional, patrimonial, física, económica, sexual, contra
los derechos reproductivos y feminicida) y modalidades (familiar,
laboral, docente, comunidad e institucional) de la violencia contra
las mujeres en el Distrito Federal. De hecho, si bien es cierto que
existe un vacío de información también lo es que, el problema más
grave radica en la falta de claridad respecto del mismo.
4. Del mismo modo, la información generada por las dependencias,
entidades y órganos político administrativos que brindan servicios de
atención a las mujeres en calidad de víctimas de violencia no ha
sido identificada, agrupada, sistematizada y analizada, por lo que
no hay claridad respecto de: los tipos de servicios (médicos,
psicológicos, jurídicos, etcétera) y niveles de atención de cada una
de estas dependencias, entidades y órganos político
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administrativos; la información estadística con que cuentan: los
lineamientos operativos que siguen para brindar los servicios de
atención: los protocolos de atención que utilizan y la coordinación
interinstitucional bajo la cual operan dichos.