Derecho , pregunta formulada por sosajoana657, hace 2 meses

cómo se limita el poder en una democracia​

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Contestado por angelfulgenciofelici
1

Respuesta:

listo mae coronita plis

Explicación:

RESUMEN: En este artículo el autor hace un recorrido teórico por la historia del constitucionalismo. No sólo afirma la importancia de la Constitución como garantía para el ejercicio de las libertades, sino que también explica y contrasta las doctrinas opuestas al movimiento constitucional así como los planteamientos modernos que pretender llevar el Estado de Derecho hacia nuevas fronteras.

PALABRAS CLAVE: Estado de Derecho, democracia, Constitución.

ABSTRACT: On this article the author makes a theoretical journey across the history of constitutionalism. It not only affirms the importance of a Constitution as a guarantee to the exercise of liberties, but also exposes the doctrines opposed to constitutionalism as well as the modern doctrines that pretend to push forward the idea of the Rule of law.

KEY WORDS: Rule of law, Democracy, Constitution.

SUMARIO: I. INTRODUCCIÓN. I: El Poder Político. I.1. El Ejercicio degenerado del Poder Político. I.1.1. Consecuencias del ejercicio degenerado del poder político. I.1.1.1. El mal Gobierno. I.1.1.2. El exceso y abuso de poder. I.1.1.2.1. la Autocracia. I.1.1.2.1.1. El Autoritarismo. I.1.1.2.1.2. El Totalitarismo. I.1.1.3. El poder como sustancia negativa. I.1.1.4. El poder ilimitado e incontrolado. II: El origen de la Constitución. II.1. Relación Histórica entre Gobernantes y Gobernados. II.2. Primeros Precedentes Constitucionales. II.3. Del Constitucionalismo Censitario al Constitucionalismo Democrático. III: la Constitución como límite del poder político. III.1. Derecho y Poder. III.2. límites al Poder Político. III.2.1. Control horizontal del Poder. III.2.1.1. Controles intraórganos e interórganos. III.2.1.2. El control de las minorías. III.2.2. Control vertical del Poder. III.2.2.1. Distribución territorial o espacial del Poder. III.2.2.1.1. Del Estado Federal a las Autonomías Regionales. IIII.2.2.2. los derechos individuales y las garantías constitucionales. IV. CONClUSIÒN: El Estado Constitucional y el Estado Pseudoconstitucional.

I. INTRODUCCIÓN.

La Constitución ha sido uno de los fenómenos más debatido en los últimos tiempos, tanto en el ámbito del Derecho como en el de las Ciencias Políticas, lo que nos lleva a creer en la importancia de la misma, y aún más, cuando vemos que todos los países poseen una Constitución, aunque cada una con contenidos muy distintos, debido obviamente a que toda sociedad tiene una realidad distinta, y por lo tanto cada Constitución debe reflejar dicha realidad.

Pero cuando decimos que toda Sociedad tiene una realidad distinta, no nos referimos solamente a las diferencias culturales, sino también a las diferencias que existen en las estructuras y sistemas políticos adoptados, es decir que por ejemplo tanto Cuba como Corea del Norte, los cuales son Estados que afirman guiarse por un régimen político socialista, poseen sus respectivas Constituciones al igual que los Estados Unidos de América, el cual posee un sistema político y forma de gobierno que evidentemente es completamente distinto al de los Países citados anteriormente. De la misma manera, en Latinoamérica durante los gobiernos militares dictatoriales cada Estado tenía su Constitución, pese a que como en el caso de Bolivia, mayormente, con cada nuevo gobierno producto de un golpe de Estado, se cambiaba la Constitución con el fin de tratar de dar legitimidad o legalidad al gobierno de facto.

Entonces, aparentemente una Constitución puede existir en cualquier Estado, e incluso existe quienes sostienen que no es concebible un Estado sin Constitución, sin tomar en cuenta la forma de gobierno que se tenga o el tipo de Estado que sea, puesto que al parecer la Constitución únicamente tiene la finalidad de definir como se organiza el Estado y los órganos que lo componen, además de obviamente determinar el comportamiento que deben seguir los ciudadanos, mediante los derechos y deberes determinados. Esa sería, bajo este paradigma su función primordial.

Giovanni Sartori, obser vando está situación, indica que Desde los años veinte, por constitución se empieza a entender cualquier forma que un Estado se da.1 Sin embargo, Sartori es enfático también al señalar que: Pero si la constitución de Stalin o la constitución de Hitler son constituciones con el mismo título que la de Estados Unidos, entonces constitución no sir ve ya para proteger libertades.2

Por lo tanto, siguiendo lo apuntado por Sartori y de acuerdo a la tradición y doctrina constitucional clásica, se tendría que una Constitución sólo es válida si rige dentro de un Estado Democrático de Derecho, donde se promueven los valores fundamentales de la libertad y dignidad, puesto que su función primordial es precisamente proteger y garantizar dichos valores mediante la limitación a los abusos excesivos que puedan cometer quienes detentan circunstancialmente el Poder Público dentro de un Estado.

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