Derecho , pregunta formulada por cosntituyente, hace 1 año

articulo 48 de la constitución del ecuador capitulo 3

Respuestas a la pregunta

Contestado por nathalyobregon1998
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Art. 48:
El Estado adoptará a favor de las personas con discapacidad medidas que aseguren:

3. El desarrollo de programas y políticas dirigidas a fomentar su esparcimiento y descanso.
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