Derecho , pregunta formulada por alexandervc1222, hace 2 meses

artículo 43 de la constitución política de colombia

Respuestas a la pregunta

Contestado por alexavilleda67
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Respuesta:

Artículo 43.

La mujer no podrá ser sometida a ninguna clase de discriminación. Durante el embarazo y después del parto gozará de especial asistencia y protección del Estado, y recibirá de este subsidio alimentario si entonces estuviere desempleada o desamparada.

Contestado por barryduran200
0

Respuesta:

La mujer no podrá ser sometida a ninguna clase de discriminación. Durante el embarazo y después del parto gozará de especial asistencia y protección del Estado, y recibirá de este subsidio alimentario si entonces estuviere desempleada o desamparada.

Explicación:

espero y te sirva :))

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