Derecho , pregunta formulada por SGGutierrez1282, hace 2 meses

articulo 132 de la ley general de educacion

Respuestas a la pregunta

Contestado por axelspidey09
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Respuesta:

El rector o director del establecimiento educativo podrá otorgar distinciones o imponer sanciones a los estudiantes según el reglamento o manual de convivencia de éste, en concordancia con lo que al respecto disponga el Ministerio de Educación Nacional.

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