art 306 de la Constitución República Bolivariana de Venezuela
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Hola
Artículo 306 El Estado promoverá las condiciones para el desarrollo rural integral, con el propósito de generar empleo y garantizar a la población campesina un nivel adecuado de bienestar, así como su incorporación al desarrollo nacional.
Espero haberte ayudado saludos...
Usuario anónimo:
graciasss❤️
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