Geografía, pregunta formulada por thiagogaleano1666, hace 7 meses

argentina
EXPLICA LOS FUNDAMENTOS DEL RECLAMO DE SOBERANIA DE ARGENTINA EN
MALVINAS. ES DECIR, PORQUE ARGENTINA CONSIDERA QUE LAS ISLAS MALVINAS NOS PERTENECEN.

Respuestas a la pregunta

Contestado por danielalejandrosalce
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Respuesta:

Ambisioso de la organización mundial de la salud de la provincia de Buenos

Contestado por ARIANAAAAAAA
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Argumentos argentinos respecto a sus derechos de soberanía de las islas malvinas

Argentina sustenta sus derechos sobre las islas sobre la base de consideraciones geográficas, históricas y jurídicas, las cuales son:

Derechos geográficos

Continuidad geográfica. De acuerdo a la opinión de Argentina las islas Malvinas tienen continuidad geológica con su territorio continental emergiendo frente a sus costas a menos de 400 km como parte de la plataforma continental patagónica. Este argumento de la continuidad geográfica con el continente ha sido utilizado por la corona de España cuando Bougainville les entregó las islas en 1766, quien expresó que España las había reivindicado como una dependencia del continente de la América meridional. También aparece en el decreto del gobierno de Buenos Aires del 10 de junio de 1829: (...) hallándose justificada aquella posesión por el derecho del primer ocupante, por el consentimiento de las principales potencias marítimas de Europa y por la adyacencia de estas islas al Continente que formaba el Virreinato de Buenos Aires, de cuyo Gobierno dependían (...)26​

Derechos históricos

España había basado sus derechos sobre las en las bulas Inter caetera y Dudum siquidem del papa Alejandro VI en 1493, y en el Tratado de Tordesillas.

Las islas habían sido avistadas por un buque de Fernando de Magallanes en su viaje de la vuelta al mundo, antes del supuesto descubrimiento atribuido a John Davis en 1592, en épocas en que el mero descubrimiento otorgaba derechos de dominio eminente. Las islas fueron una herencia colonial de España hacia Argentina.

Derechos jurídicos

Tanto España como Argentina efectuaron una «ocupación efectiva» de las islas, principio que el Reino Unido y los principales países europeos reconocían entonces como título esencial para la adquisición de la soberanía territorial.  Considera que la ocupación británica de Puerto Egmont (1765-1774) fue:  ilícita, por considerarla violatoria de los tratados vigentes;  clandestina, por haber permanecido oculta hasta su descubrimiento por parte de los españoles;  tardía, porque ocurrió con posterioridad a la ocupación francesa;  contestada, porque España opuso resistencia y reservó sus derechos;  parcial, porque se redujo a Port Egmont en una isla pequeña, a la vez que España poseía Puerto Soledad en la isla principal;  breve, porque solo duró ocho años;  precaria, al ser abandonada en 1774.27​

España, al devolver Port Egmont en 1771, lo habría hecho como un mero acto de reparación y formulando explícita reserva de sus derechos. En 1777 destruyó los símbolos dejados por los británicos allí, sin que estos hicieran protesta alguna sobre sus derechos, lo que interpreta como un abandono físico de la pretensión británica.

Argentina sostiene que con su independencia, heredó los derechos de España en virtud de la doctrina del uti possidetis iuris y de la de «sucesión de estados», por lo que —siempre según su versión— ejerció un «dominio eminente» a partir de 1810. Al reconocer España la independencia argentina en 1859, cedió explícita y retroactivamente al 25 de mayo de 1810 sus derechos sobre el territorio argentino, que incluirían a las Malvinas.28​

Cuando las Provincias Unidas del Río de la Plata tomaron posesión efectiva de las islas el 6 de noviembre de 1820, el Reino Unido no efectuó protesta alguna. Ni lo hizo el 15 de diciembre de 1823, cuando reconoció a las Provincias Unidas, ni tampoco cuando firmó con ellas el Tratado de Amistad, Comercio y Navegación del 2 de febrero de 1825. La primera nota de protesta fue presentada por el gobierno británico el 19 de noviembre de 1829.29​

El Reino Unido ocupó las islas por la fuerza en 1833, expulsando a sus autoridades y pobladores y no permitiendo su retorno, vulnerando así la integridad territorial argentina y su unidad nacional. Lo cual es —según la interpretación argentina— contrario a la Resolución 1514 (XV) de las Naciones Unidas relativa a la Declaración sobre la Concesión de la Independencia a los Países y Pueblos Coloniales, la cual establece en su párrafo sexto que «todo intento encaminado a quebrar total o parcialmente la unidad nacional y la integridad territorial de un país es incompatible con los propósitos y principios de la Carta de las Naciones Unidas».

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