3.- Menciona las funciones del consejo de indias
Respuestas a la pregunta
Explicación:
- Planear y proponer al Rey las políticas relativas al Nuevo Mundo (poblamiento, relación con los indígenas, comercio, etc.).
- Organizar administrativamente las Indias, ya sea con la creación de nuevos Virreinatos, nuevas Gobernaciones, etc.
Respuesta:
Estaba integrado por:
Un presidente: se reunía todas las semanas con el rey (generalmente los sábados a las 10 de la mañana) para el trámite de la "consulta", que consistía en informarle someramente de las materias tratadas en el consejo.
Los 12 consejeros de indias: letrados, gente versada en ciencia jurídica y eruditos en temas Americanos, la gran mayoría eran hombres con experiencia como funcionarios en las Indias y los menos, expertos en legislación indiana.
Personal de planta del Consejo de Indias:
Un fiscal: cargo ejercido por el Consejero más nuevo, era el encargado de velar por los intereses de la Corona.
Dos secretarios, un Secretario del Perú y otro Secretario de Nueva España; los oficiales de los secretarios: Trabajan todos en el manejo de papeles.2
Un escribano: encargado de redactar las declaraciones de los acusados en los juicios en los tribunales.
Un gran canciller: cargo creado por Carlos I para favorecer a un amigo suyo. Este se encargaba de custodiar el sello real. Debía refrendar con el sello todos los documentos oficiales del Consejo de Indias, cobrando una tasa por cada timbre que colocaba.
Relatores: de uno a tres en algunas épocas, no eran de número fijo.
Contadores: de uno a tres en algunas épocas, no eran de número fijo.
Un Astrónomo: tenía conocimientos de las estrellas, debido a que esto se consideraba de gran importancia.
Un Cosmógrafo: tenía por misión poner en conocimiento del Consejo de Indias todo lo relativo a los descubrimientos que se iban haciendo en el Nuevo Mundo.
Un Cronista o Guionista Mayor de Indias: tenía por misión escribir la historia de las Indias.
Un Abogado de pobres etc..
Atribuciones del Consejo de Indias
Atribuciones de gobierno
Gobierno temporal: toda la administración del Imperio Español compete al Real y Supremo Consejo de Indias, por lo que debía:
Planear y proponer al Rey las políticas relativas al Nuevo Mundo (poblamiento, relación con los indígenas, comercio, etc.).
Organizar administrativamente las Indias, ya sea con la creación de nuevos Virreinatos, nuevas Gobernaciones, etc. y establecer su grado de autonomía respecto de la metrópolis.
Proponer al Rey los nombres de las personas más adecuadas para los cargos de grandes autoridades americanas (Virreyes, Gobernadores, Oidores, entre otros).
Velar por el buen funcionamiento de las autoridades, dictando medidas de probidad administrativa y nombrando un Juez de Residencia, para que realice el respectivo Juicio de residencia.
Revisar a diario la correspondencia que viene de América y demás posesiones, tanto la oficial como la del pueblo.
Autorizar los libros que pasaban a América.
Regular y autorizar el flujo de pasajeros a Indias: provistos, comerciantes y emigrantes.
Autorizar la aplicación de la legislación castellana en las Indias (desde 1614).
Examinar la legislación originada en América, y dar su aprobación o rechazo.
Elaborar las normas que regirían en Indias y que eran dictadas por el rey como Reales Cédulas o Reales Provisiones (similares a las Reales Cédulas pero más solemnes).
Además se puede distinguir entre la Alta Policía y la Baja Policía, que es la que corresponde a las organizaciones municipales.
Gobierno espiritual: se preocupa de materias de orden espiritual, analiza los derechos otorgados por la Santa Sede, así por ejemplo:
Ejercer el Derecho de presentación.
Dividir los Obispados.
Revisar las Bulas Papales, si está conforme les da Exequatur o Pase Regio, sin él éstas no se cumplen.
Examinar las disposiciones de la Iglesia en América y los Sínodos, ya que estos no se cumplen sin la aprobación del Consejo de Indias.
Explicación: