ventajas y desventajas de la monarqui
a parlamentaria
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Respuesta:
Algunos defienden la forma republicana de gobierno. Piensan, de buena fe, que si la ciudadanía elige por votación a la persona que debe ocupar la silla del jefe del Estado (como cualquier cargo público) es lo más congruente con la democracia.
No les falta razón. Así es en buena lógica aunque llevando a sus últimas consecuencias los postulados y los principios del régimen democrático. Diríamos que se da un exceso de ‘democraticidad’.
Empero si se tiene en cuenta que en la monarquía constitucional y parlamentaria, el jefe del Estado, el rey -aunque sucede al anterior por vía hereditaria- carece de poderes ejecutivos y sólo adopta el papel de árbitro, moderador y conciliador de posiciones normalmente encontradas en el natural juego político, se encontrarán en dicha forma de gobierno más ventajas que inconvenientes. Sobre todo desde el punto de vista de la estabilidad y normalidad políticas.
En el día del juramento y proclamación de Felipe de Borbón y Grecia como el rey don Felipe VI ante los representantes del pueblo, se vio claramente. Según la Constitución de 1978, que instaura la monarquía parlamentaria, es el pueblo el soberano, el titular de la soberanía de quien emanan todos los poderes del Estado. Al rey, como jefe del Estado, se le reservan sólo poderes formales, simbólicos, de influencia. El rey de una monarquía parlamentaria no decide, no resuelve, no hace política, por más que está en el ojo del huracán político. No gobierna, reina. O como le gustaba decir al profesor Jiménez de Parga: “Reina, pero no gobierna”. Ese es su reto. Ese es su éxito o su fracaso, y el de toda la dinastía. Acordémonos de la figura de Alfonso XIII. O del más cercano a nuestros días (y que sigue expiando su ‘culpa’): Constantino de Grecia.
El rey de una monarquía parlamentaria tiene marcadas por la Constitución (como la nuestra) unas líneas a no rebasar, para que su papel sea neutral y le garantice su permanencia, su continuidad y su ‘auctoritas’. Son limitaciones, sí; pero en su respeto está la esencia de la institución simbólica y la garantía de las libertades para los ciudadanos, verdadera fuente del poder público en el actual estadio histórico de la democracia.
La monarquía parlamentaria está estrechamente ligada con el Estado de Derecho, por otra parte. Cada poder del Estado (ejecutivo, legislativo, judicial), cada órgano público, tiene sus competencias tasadas. Ninguno puede ni debe invadir las atribuidas a los otros, so pena de que lo actuado se repute nulo e inválido y se pueda incurrir en responsabilidad.
Mientras que en una República hay que poner en marcha la interesada maquinaria de los partidos políticos y la parafernalia electoral para que el pueblo elija al presidente, un único sillón, resultando elegido el candidato de la mayoría, hay que reconocer que ese cargo electo es fruto y producto de las tensiones políticas e intereses dominantes en la sociedad. Puede que no resulte el más justo ni conveniente. No se garantiza la neutralidad, ni la independencia, por más que en las Constituciones republicanas se las quiera garantizar. Y al elegido habrá que respetarle, sea bueno o malo, el mandato previsto.
Hay que reconocer que las elecciones a la presidencia de la República añaden tensiones e incompatibilidades de toda clase, van acompañadas de miserias y cortas miras, pues el juego político, como sabemos, no remonta en altura y las circunstancias mandan.
La monarquía parlamentaria es una institución útil, valiosa. Es un buen invento de la ciencia política, siempre que el monarca sea un espejo de virtudes, un modelo de comportamiento ante los ciudadanos (y los otros poderes del Estado). En la ejemplaridad moral está la virtud y la esencia de la monarquía. Sin el buen ejemplo, la monarquía decae, acaba. Es su muerte. En esto último hay que ver también la clave de comprensión de la abdicación del buen rey Juan Carlos I en el rey Felipe VI.
No hace falta suprimir la inviolabilidad del monarca para acercarnos al modelo republicano. La monarquía tiene sus propias exigencias connaturales. Si su túnica albina se oscurece con alguna mancha, el monarca, tarde o temprano, se ve abocado a su renuncia. Su legitimidad para seguir ostentando la corona, desaparece.
La monarquía parlamentaria ahorra a los españoles tensiones, desavenencias y desencuentros. Con la monarquía parlamentaria de 1978 el partido se juega donde debe: en el terreno de las formaciones políticas y la sociedad civil. La jefatura del Estado queda supraordenada en una magistratura moral (‘auctoritas’) sin ‘potestas’.
Mientras el rey cumpla y se aleje de la política partidista, la República en España quedará para nostálgicos o aventureros, y los españoles ahorraremos en relajantes
El hecho de que si el monarca es inadecuado, corrupto o felón, hay que mantenerlo en su puesto hasta que se muera.
El peligro que supone que el monarca se case con una persona inadecuada, la cual dañará irremediablemente la imagen del país.
El anacronismo que supone en el siglo XXI que unas personas tengan privilegios y trato preferente violando las premisas de un Estado democrático de derecho.