Ciencias Sociales, pregunta formulada por owjfizjzb, hace 5 meses

URGENTE explica 3 factores que influyan en la elección de una forma juridica​

Respuestas a la pregunta

Contestado por lisseth76
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Respuesta:

Tipo de actividad que se va a ejercer. Para el ejercicio de ciertas actividades puede existir regulación que obligue a la adopción de determinadas formas jurídicas

   Número de participantes en el proyecto empresarial. Dependiendo del número de integrantes de un proyecto, podemos hablar de empresas individuales o sociedades. Determinadas formas jurídicas exigen un número mínimo de socios

   Responsabilidad de las personas promotoras. Para la selección de la forma jurídica se debe elegir entre restringir la responsabilidad al capital aportado a la sociedad o afrontar el riesgo de responsabilizar el patrimonio personal y el social.

   Necesidades económicas del proyecto. Influyen en la medida en que sea necesario aportar un capital social mínimo para determinados tipos de sociedad.

   Aspectos fiscales de la empresa. Se debe analizar el tipo de imposición fiscal al que están sometidas las actividades que realiza la empresa ya sea a través del Impuesto de Sociedades y/o en el Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas.

Explicación:

Contestado por piermirand
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Respuesta:

1. La actividad a desarrollar: En algunos casos la legislación que afecta a la actividad, exige determinadas condiciones que hacen que sea más conveniente elegir una forma jurídica concreta (normalmente por cuestiones de responsabilidad). También puede suceder que sean los clientes potenciales los que la exijan, esto sucede muy a menudo cuando se trata de trabajos licitados por organismos oficiales.

2.Número de promotores: El número de personas que inicien la actividad marcan la necesidad de escoger formas jurídicas que agrupen a los promotores en esa idea de negocio.

3.Responsabilidad: La responsabilidad ante las deudas contraídas por la propia empresa (no si éstas están avaladas por los socios de forma personal) puede estar limitada al capital social (sociedades limitadas, anónimas…) o ser ilimitada (autónomo, sociedad civil y comunidad de bienes). En este último caso, la responsabilidad es ilimitada y afectaría al patrimonio empresarial y personal presente y futuro, afectando en algunos casos hasta el cónyuge del autónomo o comunero. La nueva legislación ha delimitado algunos bienes calificándolos de inembargables.

Explicación:

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