¿Uno de los requisitos del cheque es expresar la cantidad en letras y números?
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1. La denominación de «cheque» inscrita en el propio documento.
2. La suma de dinero que se ha de pagar (en euros o moneda extranjera admitida a cotización oficial), expresada tanto en número como en letra (si hay contradicción entre el importe indicado en número y el indicado en letra, prevalecerá el indicado en letra; con cantidades distintas, ya sea en letra o en número, prevalecerá la de menor importe).
3. El nombre del obligado al pago, que necesariamente deberá ser un banco o entidad de depósito en la que el librador tenga fondos.
4. El lugar de pago, donde es pagadero.
5. La fecha y lugar de emisión del cheque.
6. La firma de quien emite el cheque (librador).
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