Una compañía constructora tiene 5 socios, pero 2 de ellos son servidores públicos. Esta compañía podría contratar con el Estado Ecuatoriano ?. Cual es la base legal o cuales son las leyes al respecto del tema.
Respuestas a la pregunta
Según la situación expuesta en la pregunta, la compañía no puede ser contratada por el Estado Ecuatoriano, esto de acuerdo a la Ley Orgánica de Contratación Pública, específicamente en los artículos 62 y 63, en concordancia con Reglamento a la Ley Orgánica Sistema Nacional Contratación Pública, Artículo. 110; donde describen literalmente en algunas de sus premisas:
"No podrán celebrar contratos previstos en esta Ley con las Entidades Contratantes: El Presidente, el Vicepresidente de la República, los ministros y secretarios de Estado, el Director General o la Directora y demás funcionarios del Servicio Nacional de Contratación Pública, los legisladores, los presidentes o representantes legales de las Entidades Contratantes previstas en esta Ley, los prefectos y alcaldes; así como los cónyuges o parientes dentro del cuarto grado de consanguinidad y segundo de afinidad."