un monologo sobre los protocolos de bioseguridad
Respuestas a la pregunta
Respuesta:
1.- INTRODUCCIÓN.
El 20 de mayo de 2020, el Comité de Operaciones de Emergencia Nacional (COE
Nacional) aprobó el protocolo de reanudación de la actividad física, documento elaborado
por la Liga Profesional de Fútbol del Ecuador (LigaPro), a través de la Dirección de Salud
y Prevención Sanitaria, siguiendo las instrucciones y aportaciones técnicas propuestas por
parte del Comité Médico de Lineamientos y Protocolos, grupo de trabajo conformado por
jefes médicos de Clubes afiliados a LigaPro.
En esa línea, presentamos el protocolo de medidas de bioseguridad para las competiciones
organizadas por LigaPro, durante la pandemia del covid-19; que constituye un
complemento para el proceso de competición, el cual se convierte principalmente en un
documento de buenas prácticas sanitarias y de estrategias preventivas, tanto para Clubes
como para todos los involucrados en una programación, basado en los lineamientos
dictaminados por la Organización Mundial de la Salud, Organización Panamericana de la
Salud y las directrices de la máxima autoridad sanitaria, el Ministerio de Salud Pública
del Ecuador. Dicho documento está clasificado por las siguientes fases:
PRE-COMPETICIÓN COMPETICIÓN POST COMPETICIÓN
Nota: Con las especificaciones expresadas en este Protocolo, por la pandemia COVID-19, la operación para el día del partido se
deberá cumplir tal como lo indica la norma en el Título III del Reglamento de Competiciones; de igual manera, todos los aspec tos
comerciales y comunicacionales continuarán regidos según lo establecido en el Reglamento de Marketing y Patrocinio de la LigaPro,
así como el Reglamento de Medios de Comunicación y demás reglamentos de aplicación de LigaPro.
2.- ÁMBITO DE APLICACIÓN.
Este Protocolo es de cumplimiento obligatorio por parte de los Clubes (jugadores, cuerpo
técnico, staff técnico y dirigentes), de los Árbitros, de los Oficiales de Partidos, de la
Empresa con derechos de transmisión, Medios de Comunicación sin derechos de
transmisión, del Personal de Apoyo y de cualquier otra persona que preste servicios a los
Clubes afiliados y/o de quienes en general participen de los correspondientes
programaciones, incluyéndose para quienes colaboren con la LigaPro en las respectivas
labores de coordinación y control.
Las Resoluciones del COE Nacional forman asimismo parte integrante de este protocolo;
toda resolución será mandatoria en su totalidad.
De igual manera, la LigaPro expedirá normas e instrucciones complementarias que sean
necesarias y oportunas para su ejecución.
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3.- FASE DE PRE-COMPETICIÓN.
3.1 ENTRENAMIENTOS COLECTIVOS, ENTRENAMIENTOS CON
PARTIDOS AMISTOSOS Y PARTIDOS AMISTOSOS OFICIALES.
Los Clubes podrán realizar entrenamientos colectivos en cada uno de sus reductos o
lugares de entrenamiento, tomando en cuenta los procedimientos del Protocolo de
Reanudación de la Actividad Física de la LigaPro.
También podrán realizar partidos amistosos durante los entrenamientos, que se disputarán
sin la presencia de público aficionado y con reglas acordadas previamente entre los
cuerpos técnicos. Además, estos entrenamientos se efectuarán siempre y cuando sean
entre equipos afiliados a la LigaPro de la misma provincia, bajo la coordinación de la
Dirección de Competiciones LigaPro, realizando pruebas rápidas y manteniendo las
medidas de bioseguridad y procedimientos del protocolo de reanudación de la actividad
física, lo que incluirá asimismo la delimitación del personal (35 personas por listado
oficial) y la respectiva veeduría de Oficiales de la LigaPro.
Para partidos amistosos oficiales, estos serán de exclusiva organización de la Liga
Profesional de Fútbol del Ecuador, siguiendo las recomendaciones del COE Nacional, las
medidas de bioseguridad del presente protocolo, con la conformación de la respectiva
mesa técnica de seguridad y la correspondiente categorización del nivel de riesgo del
evento (lo que incluye la coordinación con la policía nacional, entre otras autoridades de
control).
Las pruebas serán costeadas por los respectivos Clubes. Para el correspondiente control
deberán ser realizadas en laboratorios autorizados por el Ministerio de Salud Pública del
Ecuador (M.S.P.) y especificados por la LigaPro.
3.2 REQUISITOS ANTES DEL REINICIO DE LAS COMPETICIONES.
A continuación, señalamos los requisitos que todos los involucrados en una programación
deberán cumplir en una fecha límite establecida por la LigaPro, antes del reinicio de las
competiciones:
a) Capacitación. Los 26 Clubes afiliados a la LigaPro recibirán capacitación
telemática por parte de la LigaPro; de igual manera, la empresa con derechos de
transmisión y los Oficiales de Partidos y las demás personas a quienes se aplica el
presente Protocolo. Al finalizar las capacitaciones todos los asistentes deberán
rendir una evaluación.
Explicación:
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