Historia, pregunta formulada por Treysilp, hace 11 meses

un ensayo de 20 lineas sobre la importancia delo símbolos y la necesidad de respetarlos y defenderlos

Respuestas a la pregunta

Contestado por tg9617311
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Respuesta:

El 9 de diciembre de 1998, con el voto favorable de Colombia, la Asamblea General de las Naciones Unidas aprobó la Declaración sobre el derecho y el deber de los individuos, los grupos y las instituciones de promover y proteger los derechos humanos y las libertades fundamentales universalmente reconocidos . Ella destaca que la responsabilidad primordial y el deber de promover y proteger los derechos humanos y las libertades fundamentales incumbe al Estado. También reconoce el derecho y el deber de los individuos, los grupos y las instituciones de promover el respeto y el conocimiento de estos derechos y libertades en el plano nacional e internacional.

La mencionada Declaración enuncia, entre otros, los siguientes derechos y deberes :

- El derecho a estudiar y debatir si tales derechos tienen reconocimiento en la ley y en la práctica.

- El derecho a denunciar las acciones y omisiones que se estimen violatorias de esos derechos.

- El derecho a participar en actividades pacíficas contra las violaciones de los mismos derechos.

- El derecho a presentar críticas y propuestas antes las entidades gubernamentales y estatales, y a llamar la atención sobre cualquier actuación de la autoridad que pueda obstaculizar su labor, o impedir la promoción, protección y realización de los derechos humanos y las libertades fundamentales.

- El derecho a la protección del Estado frente a toda violencia, amenaza, represalia, discriminación, negativa de hecho o de derecho, presión o cualquier otra acción arbitraria que afecte el ejercicio legitimo de sus derechos.

- El derecho a una eficaz protección legal al reaccionar u oponerse, por medios pacíficos, a las acciones u omisiones imputables a los Estados que violen los derechos humanos y las libertades fundamentales, y a los actos de violencia perpetrados por individuos o grupos particulares que afecten el disfrute de esos derechos y libertades.

- El deber y la responsabilidad de toda persona, individualmente o en grupo, a proteger la democracia, promover los derechos humanos y las libertades fundamentales, y contribuir al fomento y progreso del Estado de derecho.

- El deber y la responsabilidad de toda persona a contribuir, individual o colectivamente, a la promoción de un orden social e internacional en el que los derechos y libertades enunciados en la Declaración Universal de Derechos Humanos y otros instrumentos de derechos humanos puedan tener aplicación.

2. El Estado y los defensores de los derechos humanos

A la luz de la Declaración de la Asamblea General ya citada, las relaciones entre el Estado y los defensores de los derechos humanos deben desarrollarse dentro de un marco pacífico de respeto y deferencia que permita, en todo tiempo, la práctica del diálogo, el reconocimiento del pluralismo y el más amplio cultivo de la tolerancia.

Explicación:

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