un acontecimieto negativo del ´presidente guillermo alberto santiago lasso mendoza
Respuestas a la pregunta
Respuesta:
Luego del dictamen de Contraloría que «estableció documentadamente que el señor Guillermo Alberto Santiago Lasso Mendoza, al 23 de septiembre de 2020 y al 24 de mayo de 2021, fechas de inscripción de la candidatura para participar por la dignidad de Presidente de la República del Ecuador y de posesión en dicho cargo, respectivamente, no era propietario directo o indirecto de bienes o capitales en las empresas o fundaciones», hecho público a eso de las 11h30 de ayer 7 de diciembre 2021.
En la reinstalación de la sesión 747 de la Asamblea Nacional la bancada UNES insistió en su recomendación de destitución por «grave crisis política y conmoción interna».
Explicación:
Con este dictamen pensé que la sesión de la tarde en la Asamblea Nacional no tenía ya razón de ser para analizar un informe que contradecía a Contraloría y que pedía la destitución del presidente Guillermo Lasso.
Teniendo presente, además, que la Ley Orgánica Para La Aplicación de la Consulta Popular Efectuada el 19 de Febrero de 2017, en su artículo 5 le da la facultad exclusiva para investigar estos casos de denuncia contra funcionarios públicos que puedan tener bienes en paraísos fiscales a la Contraloría General del Estado; y que el artículo 9 establece el procedimiento de destitución si fuera del caso, que iniciado en Contraloría, pasa a la Corte Constitucional, y si este organismo la ratifica recién allí pasa a la «Asamblea Nacional para que adopte la decisión que corresponde conforme a la ley» como dice el texto.