Trilogía estructural del proceso en el peru .
Respuestas a la pregunta
Gran aportación para el estudio de esta nueva disciplina fue la trilogía estructural del proceso: acción, jurisdicción y proceso, obra de Ramiro J. Podetti, quien la refirió primero al derecho procesal civil, pero que se ha hecho extensiva a todas las ramas procesales. Por tal motivo, la acción se estudió como una figura común a todas las ramas de enjuiciamiento, entendida como el derecho abstracto de obrar en juicio, cuya naturaleza corresponde al derecho constitucional de petición; en la especie, de administración de la justicia. Concretado en la pretensión procesal que es la afirmación del actor de merecer la tutela del derecho, esta potestad puede invocarse en todos los campos del proceso: civil, penal, mercantil, administrativo, agrario, laboral o constitucional. Como presupuesto de la jurisdicción y derecho fundamental de la persona para adquirir la impartición de justicia, la acción constituye uno de los elementos capitales dentro de la estructura del proceso.La acción es considerada, dentro de esta perspectiva, como el elemento dinámico del proceso, por lo que Alcalá Zamora afirma que "la energía o principio anímico de la actividad procesal realizada por las partes, proviene de la acción, que únicamente así, y no recluida en la demanda, alcanza su pleno desarrollo y se erige, por su trascendencia, en uno de los conceptos fundamentales de nuestra disciplina".