tres efectos negativos para los pobladores propiciando propiciados por el descubrimiento de América
Respuestas a la pregunta
Respuesta:
Consecuencias sociales del descubrimiento de América
En este programa hablamos del 12 de Octubre, el día de la Hispanidad. En un programa de integración, parece necesario volver a analizar los efectos positivos o negativos que la aparición de aquellos castellanos del siglo XV y sus descendientes hicieron en tierras americanas.
La colonización española de América fue el proceso por el que se implantó en el Nuevo Mundo una administración que pretendía ser imitación o duplicado de la administración peninsular contemporánea. Este periodo se extendió desde el 12 de octubre de 1492, día del descubrimiento de América, hasta el 13 de agosto de 1898, cuando la bandera española fue arriada en San Juan de Puerto Rico.
Si; se ha cumplido 526 años de la llegada de Colón a "la isla de Guanahani". Aunque, según un estudio publicado en 1986 en revista National Geographic, Colón llegó a Cayo Samaná, otra pequeña isla del archipiélago de las Bahamas. Nos acompaña en el estudio Agustín Galán García, Vicerrector de la UNIA, la Universidad Internacional de Andalucía y Director de la Sede Santa María de la Rábida. Licenciado en Historia de América por la Universidad de Sevilla en 1986 y doctor en Geografía e Historia con su tesis: “El oficio de Indias de los jesuitas en Sevilla. 1560-1767”
¿Cómo afecta a las personas extranjeras su representación en las empresas?
Rosa Bergés, la Secretaria de Políticas Sociales y Migraciones de CC.OO. Andalucía, nos explica la implicación sindical que los extranjeros pueden tener en sus empresas.
1.- ¿Qué es la representación de las personas trabajadoras ante la empresa?
Hoy vamos a tratar sobre una cuestión importante para las personas trabajadoras, y es su representación colectiva ante la dirección de las empresas, representación que se establece a través de las elecciones sindicales en la que se eligen a los delegados o delegadas sindicales que tienen importantes competencias para la defensa de las personas trabajadoras, como negociar los convenios colectivos de empresa o sectoriales, o el poder para la convocatoria de huelgas, y otras entre las que cabe destacar, aunque no son las únicas, las siguientes:
Derechos de información y consulta (art. 64 del Estatuto de los Trabajadores y trabajadoras) sobre todo aquello que pueda afectar las personas trabajadoras, por ejemplo la situación de la empresa es decir conocer los balances y cuentas de resultados, conocer la contratación en la empresa, o sobre la siniestralidad, es decir, accidentes y enfermedades profesionales, sobre los planes o acciones formativas, etc.
Competencias en materia de vigilancia y control (art.19 ET) sobre el cumplimiento de la normativa laboral, los planes de salud laboral, medidas de conciliación e igualdad de trato y oportunidades, entre otras.
2.- ¿Cuáles son los requisitos para poder celebrar elecciones?
Voy a destacar lo esencial de los requisitos porque hay diferencias en el desarrollo de los procesos electorales dependiendo del tipo, el tamaño o la organización de la empresa, o de si se trata de las administraciones públicas o de las empresas privadas.
Lo primero que hay que saber es que las elecciones se pueden hacer en empresas de más de seis o más trabajadores.
Que en las empresas que tienen 50 o más trabajadores se crean los Comités de Empresa que es un órgano de representación colectiva.
Para participar en las elecciones sindicales como votantes las personas tienen que tener más de 16 años y una antigüedad de 1 mes.
Para ser candidato y por tanto ser elegido hay que tener más de 18 años y una antigüedad de seis meses en general, aunque se puede reducir la hasta los tres meses en los convenios colectivos.
Cuando hay más de una lista el reparto de los delegados y delegadas se establece de forma proporcional, aunque hay que tener un mínimo del 5% de los votos, aquí no hay regla D’Hondt, es distribución proporcional.
3.- ¿Pueden participar las personas extranjeras en estas elecciones?
Si, las personas trabajadoras extranjeras pueden participar en los procesos de elecciones sindicales de sus empresas en las mismas condiciones que las personas trabajadoras de nacionalidad española.
Esto es, que tienen derecho a voto en las mismas condiciones, pueden ser candidatos y ser elegidos como delegados o delegadas.
Es muy importante que las personas extranjeras participen como votantes y como candidatos porque es necesaria su inclusión en la actividad de las empresas, en la medida que participan de forma activa también se hacen visibles, aportando su visión y sus capacidades, de forma que se consigue una mayor igualdad en el ámbito laboral.
Explicación: Espero que te ayude ;)