Tratar de diferenciar estado de derecho de derecho de salud
Respuestas a la pregunta
Respuesta:
Explicación:
La Constitución regula el derecho a la protección de la salud en el artículo 19 N° 9, imponiendo al Estado la obligación de resguardar el libre e igualitario acceso a las acciones de promoción, protección y recuperación de la salud y de rehabilitación del individuo, así como la coordinación y control de las acciones relacionadas con la salud. Reconoce, a continuación, el derecho a elegir el sistema de salud, estatal o privado, al que acogerse, siendo este último inciso el único que podría garantizarse por la vía judicial, a través del Recurso de Protección. A primera vista, entonces, podría sostenerse que se contempla a la atención sanitaria sólo como un derecho negativo que implica la mera libertad de adquirir asistencia en el mercado de la protección de la salud, puesto que el único inciso que está garantizado judicialmente es aquel que reconoce el derecho a "elegir el sistema de salud al que desee acogerse, sea éste estatal o privado En marzo del año 1999, José Gabriel Sierra Banda, joven de 25 años de edad con VIH-Sida, presentó un Recurso de Protección con el objeto de obligar al Hospital San José a adquirir los medicamentos