tra
6. La ley No 2424/04 establece el nuevo
a Ley No 2424/ou trata del impuesto als hanke
c) la Ley Ne 125 /11 trata del reorde
y de adecuación fiscale
y
Respuestas a la pregunta
Respuesta:
“Art. 237.- Acción Contencioso Administrativa. En contra de las resoluciones expresas o tácitas dictadas por la Administración Tributaria resolviendo los recursos de reconsideración o reposición interpuestos por el contribuyente, es procedente la acción contencioso administrativa ante el Tribunal de Cuentas.
La demanda deberá interponerse por el agraviado ante dicho Tribunal dentro del plazo perentorio de dieciocho días, contados desde la notificación de la resolución expresa o de vencido el plazo para dictarla, en el caso de denegatoria tácita.
Representará al Ministerio de Hacienda en el recurso, un profesional de la Abogacía del Tesoro.”
Artículo 2º.- La Abogacía del Tesoro del Ministerio de Hacienda ejercerá la representación legal del Estado en las demandas o trámites que deban promoverse para el cobro de créditos fiscales, sin perjuicio de las demás funciones establecidas en la Ley Nº 109/91, del 6 de enero de 1992 ”Que aprueba con modificaciones el Decreto-Ley Nº 15 de fecha 8 de marzo de 1990 ‘Que establece las funciones y estructura Orgánica del Ministerio de Hacienda”.
CAPITULO II
DE LA MODIFICACION DEL REGIMEN TRIBUTARIO
Artículo 3°.- Modifícanse los Artículos 2º, 3º, 5º, 8º, 9º, 10, 14 y 20 del Libro I, Título 1, Capítulo I, “Rentas de Actividades Comerciales, Industriales o de Servicios” de la Ley N° 125/91, del 9 de enero de 1992 y sus modificaciones, los que quedan redactados como sigue:
“Art. 2º.- Hecho Generador. Estarán gravadas las rentas de fuente paraguaya que provengan de la realización de actividades comerciales, industriales o de servicios que no sean de carácter personal.
Se consideran comprendidas:
Explicación:
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