Ciencias Sociales, pregunta formulada por joshinamarianahuaman, hace 1 mes

TOMA DE DECISIONES A continuación, con base en lo que hemos aprendido en esta sesión vamos a explicar el establecimiento y áreas naturales en el Perú y sus niveles de administración. Podemos responder a través de un esquema creativo

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Respuestas a la pregunta

Contestado por majarosalesarq
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El establecimiento de áreas naturales protegidas (ANP) radica en uno de los primordiales dispositivos puestos en vigencia con la finalidad de proteger y conservar la subsistencia de distintas tipologías de diversidad natural e impedir la extinción de especies de flora, fauna y diversidad biológica.

Para lograrlo el Estado Peruano a establecido una normativa legal entre las que puede mencionarse:

- La “Ley de Áreas Naturales Protegidas” y su reglamento, aprobada con la finalidad de delimitar y establecer manifiestamente los línea de trabajo para la declaración, selección y manejo de dichas áreas, la cuales son un patrimonio nacional.  

Según esta normativa se consideran Áreas Naturales Protegidas …“los espacios continentales y/o marinos del territorio nacional, reconocidos y declarados como tales, con el objetivo de resguardar la diversidad biológica y demás valores asociados de interés cultural, paisajístico y científico, así como por su contribución al desarrollo sostenible del país…”

Conforme a los niveles de administración las Áreas Naturales Protegidas pueden ser:

-  ÁREAS DE ADMINISTRACIÓN NACIONAL: dentro de esta clasificación están: los Parques Nacionales, Bosques de Protección, Refugios de Vida Silvestre, las Reservas Nacionales, Paisajísticas y Comunales,  Santuarios Nacionales e Históricos.

Esta categoría se divide en definitiva y reservada.

Las definitivas se dan a perpetuidad mediante Decreto Supremo aprobado en Consejo de Ministros y en ella están englobados los mencionados con anterioridad.

Las reservadas son de carácter transitorio y no a perpetuidad son aquellas que cumpliendo con los requisitos exigidos para ser establecida como Áreas Naturales Protegidas, deben hacérseles estudios adicionales para comprobar la extensión y viabilidad de su gestión.

Las mismas pueden llegar a ser desafectadas, si no califican como ANP.  

- ÁREAS DE CONSERVACIÓN REGIONAL: son establecidas a través de Decreto Supremo a perpetuidad, sobre áreas que siendo de categoría ecológica significativa, no califican para ser declaradas como áreas del  Sistema nacional.  

El Gobierno Regional al que pertenezcan debe presentar ante el SERNANP la solicitud para que el perímetro de un área de interés regional se establezca como un Área de Conservación Regional.

- ÁREAS DE CONSERVACIÓN PRIVADA: son propiedades privadas, bien de personas naturales o jurídicas, que internamente presentan prototipos característicos de ecosistemas que poseen características propias.

Sus propietarios deben elevar ante el SERNANP, su para que sean reconocidas como Áreas De Conservación Privada por parte del Ministerio del Ambiente.

Su vigencia Al respecto es temporal y su administración y financiamiento está a cargo del propietaria que ha efectuado la solicitud.


joshinamarianahuaman: gracias
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