Toda persona tiene derecho: A la igualdad ante la ley. Nadie debe ser discriminado por motivo de origen, raza, sexo, idioma, religión, opinión, condición económica o de cualquiera otra índole. Esto se encuentra en el artículo ______ de la Constitución Política
Respuestas a la pregunta
En Perú su Constitución Política del Estado establece en el inciso 2 del artículo 2° que toda persona tiene derecho: A la igualdad ante la ley. Nadie debe ser discriminado por motivo de origen, raza, sexo, idioma, religión, opinión, condición económica o de cualquiera otra índole.
¿Es la discriminación un acto de violación constitucional?
La discriminación sí es un acto de violación constitucional por cuanto como se vulnera el principio de la igualdad de derechos de todas las personas sin excepción. Con ello se sientan las bases de la convivencia pacífica y el respeto de los derechos de las personas.
A través de este principio constitucional queda establecido que legalmente que todos gozamos de los mismos derechos y de las mismas obligaciones, y por lo tanto no podemos ser tratados desigualmente.
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