Historia, pregunta formulada por beluxFlow, hace 9 meses

TITULO: El articulo 14bis de la Constitución Nacional
. ¿Que es necesario para el reconocimiento de un gremio sindical?
. Según el artículo 14bis, ¿Se puede despedir a un delegado sindical?
. ¿Cuál fue el motivo de la inclusión del articulo 14bis en la Constitución Nacional?
GRACIAS. VOY A DAR MEJOR RESPUESTA ALA MAS COMPLETA

Respuestas a la pregunta

Contestado por esmith53
0

Respuesta:

"COMPLETA" (y cualquier palabra posterior) fue ignorada debido a que hemos restringido las consultas hasta 32 palabras.


beluxFlow: nada que ver, espero que te beneen pronto
Contestado por tomasgioia7
3

RESPUESTAS:

#Lo necesario para el reconocimiento de un gremio sindical son:

  • En una asamblea de trabajadores en presencia de un ministro de fe.
  • Debe reunir el número de trabajadores que exige la Ley (quórum).
  • El ministro de fe puede ser un funcionario de la Dirección del Trabajo, notario, oficial del Registro Civil y/o funcionario de la Administración del Estado que haya sido designado en calidad de tal por la Dirección del Trabajo.

#Según el artículo 14 bis, ¿Se puede despedir a un delegado sindical?

  • Según el articulo 14 bis establece que los representantes unitarios no podrán ser despedidos durante el ejercicio de sus funciones ni dentro del año siguiente a la expiración de su mandato representativo, salvo en caso de que ésta se produzca por revocación o dimisión, siempre que el despido se base en la acción del trabajador en el ejercicio de su representación.

#Cuál fue el motivo de la inclusión del articulo 14bis en la Constitución Nacional?

MOTIVOS:

  • beneficios de la seguridad social, que tendrá carácter de integral e irrenunciable.
  • Protección contra el despido arbitrario.
  • ejercer toda industria licita y profesar libremente su culto.

ESPERO HABERTE AYUDADO.


beluxFlow: MUCHAAAASSSS GRACIASSSSSS
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