tipos de servicios que presentan algunas instituciones,como el colegio
Respuestas a la pregunta
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I. LA PRESTACIÓN DEL SERVICIO EDUCATIVO POR PARTE DE LOS PARTICULARES
Es propósito de este capítulo establecer los criterios conceptuales que orientan la
participación de los particulares en la prestación del servicio público educativo, derivados principalmente de fuentes constitucionales y legales que constituyen razones
por las cuales el Estado puede otorgar y exigir una licencia de funcionamiento a
instituciones que funden los particulares con la finalidad de prestar el servicio
educativo.
Estos criterios conceptuales permiten tener una clara comprensión de las implicaciones
no sólo jurídicas, sino sociales, culturales y pedagógicas de la creación de un
establecimiento educativo privado que atienda a plenitud las finalidades de la educación
colombiana consagradas constitucionalmente y desarrollados en el artículo 5 de la Ley
General de Educación.
1. Visión de servicio público a partir de la nueva Constitución Política
El servicio público solía homologarse con la noción de un monopolio de Estado. Hoy
debe ser visto como servicio en el cual necesariamente debe darse una libre
concurrencia, dadas las evoluciones sociales y económicas, la ampliación de los
dominios del saber y de las necesidades en donde debe prestarse y los avances
imprevisibles e inatajables de la ciencia y de la tecnología. En este marco, un Estado
que se adecué a las nuevas necesidades generales, a los modelos de democracia que
vienen generando comunidades más participativas o más exigentes y, a la búsqueda de
una mejor calidad de vida, debe abrirse a formas de construcción del bien común, en
donde la sociedad y los particulares sean igualmente protagonistas y prestadores de
servicios públicos.
De otra parte, los dominios clásicos en donde el servicio público antes debí
Explicación:
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